Calcular Cesantías

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Cesantías = (Salario Mensual × Días Trabajados) / 360

¿Qué son las Cesantías?

Las cesantías son una prestación social obligatoria en Colombia, pagada por el empleador al trabajador. Funcionan como un ahorro forzoso que busca proteger al empleado en caso de quedar sin empleo o para financiar vivienda y educación. Se liquidan anualmente al 31 de diciembre y se consignan en un fondo de cesantías elegido por el trabajador.

¿Quiénes tienen derecho a recibirlas?

Todos los trabajadores vinculados mediante un contrato de trabajo tienen derecho a cesantías. Esto incluye a empleados con contrato a término fijo, indefinido, obra o labor, y ocasional. No tienen derecho los trabajadores independientes ni aquellos con contratos de prestación de servicios, ya que no existe una relación laboral subordinada.

¿Cuándo y cómo se pagan?

Los empleadores deben liquidar las cesantías al 31 de diciembre de cada año y consignarlas a más tardar el 14 de febrero del año siguiente en el fondo de cesantías. Si la relación laboral termina antes del 31 de diciembre, el empleador debe liquidar y pagar las cesantías directamente al trabajador al finalizar el contrato.

¿Para qué se pueden usar las Cesantías?

Las cesantías se pueden retirar parcial o totalmente para los siguientes fines específicos:

  • Compra, construcción, mejora o liberación de gravámenes de vivienda.
  • Inversión en educación superior para el trabajador, cónyuge o hijos.
  • Retiro total por terminación del contrato de trabajo.
  • Financiación de estudios en el exterior (con ciertas condiciones).

Preguntas Frecuentes

¿Qué son los intereses de cesantías?

Los intereses de cesantías son un pago adicional que el empleador debe realizar al trabajador, equivalente al 12% anual sobre el valor de las cesantías liquidadas. Se pagan directamente al trabajador a más tardar el 31 de enero de cada año. No se consignan en el fondo de cesantías, sino que se entregan directamente.

¿Dónde se consignan las cesantías?

Las cesantías se consignan en un Fondo de Cesantías que el trabajador elige. En Colombia existen varios fondos como Porvenir, Protección, Colfondos, y Skandia, entre otros. El empleador es el encargado de realizar la consignación en la cuenta individual del trabajador en el fondo seleccionado.

¿Qué sucede si el empleador no paga las cesantías a tiempo?

Si el empleador no consigna las cesantías en el fondo correspondiente antes del 15 de febrero del año siguiente, debe pagar una sanción moratoria equivalente a un día de salario por cada día de retraso, hasta que se realice la consignación efectiva. Esta sanción se paga directamente al trabajador.

¿Se pueden retirar las cesantías parcialmente?

Sí, es posible realizar retiros parciales de cesantías, pero solo para fines específicos establecidos por la ley, como la compra, construcción, mejora o liberación de hipotecas de vivienda, o para financiar estudios superiores del trabajador, su cónyuge o sus hijos. Para ello, se requiere la autorización del empleador y la presentación de los documentos que soporten el uso del dinero para dichos fines.

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